1. El testigo o Perito, cualquiera que sea su nacionalidad, que, como consecuencia de una citación, comparezca ante las autoridades judiciales de la Parte requirente, no podrá ser perseguido o detenido en este Estado por hechos o condenas anteriores a su salida del territorio de la Parte requerida. one. https://pasessinextradicinconning79943.blue-blogs.com/35240897/the-single-best-strategy-to-use-for-extradición-méxico-españa